FUNCIONES
FUNCIONES DE LA DIRECCION DE LA UGEL N° 14
- Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e implementar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo.
- Conducir la formulación, ejecución y evaluación del proyecto educativo de la Unidad de Gestión Educativa y los planes operativos anuales, en coordinación con el Consejo Participativo de Educación; asimismo, aprobar el proyecto el proyecto educativo y los planes operativos anuales
- Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativas de las Instituciones y Programas educativos a su cargo.
- Apoyar el proceso de descentralización de la gestión efectiva de las Instituciones y programas educativos.
- Suscribir convenios de cooperación y/o contratos con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales encaminados a mejorar la calidad de la educación.
- Evaluar permanentemente la gestión educativa de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; y, presentar los informes de su gestión a las instancias correspondientes.
- Concertar con las entidades públicas y privadas en su ámbito, para ejecutar programas de acción conjunta a favor de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación continúa del personal de las Instituciones y Programas Educativos así como del personal de la Sede Institucional.
- Organizar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación continua del personal de la sede institucional.
- Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto y sus modificaciones en coordinación con las Instituciones y programas educativos de su ámbito territorial.
- Implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana para garantizar una gestión transparente y equitativa.
- Aplicar estrategias afectivas y pertinentes para disminuir drásticamente el analfabetismo y apoyar los programas de organización multisectorial de alfabetización.
- Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de la gestión educativa.
FUNCIONES DEL ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
- Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional y regional, en materia de gestión pedagógica, en las Instituciones educativas de Educación Básica y Técnico Productivo.
- Aplicar estrategias orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos que brindan las Instituciones Educativas del ámbito jurisdiccional de la UGEL 14.
- Desarrollar programas de prevención y atención integral, dirigido a los estudiantes de las Instituciones y Programas Educativos en coordinación con los Gobiernos Locales e instituciones Educativas Públicas y Privadas, dirigido especialmente a la población en situación de pobreza y extrema pobreza.
- Promover y ejecutar en coordinación con la Dirección Regional de Educación, el Gobierno Regional, Ministerio de Educación y las Instituciones y programas educativos, acciones relativas a Alfabetización, de acuerdo a las características socios económica.
- Apoyar y participar en programas y proyectos de investigación e innovación pedagógica y evaluar el impacto de los mismos.
- Asesorar, supervisar y monitorear las acciones de diversificación y desarrollo curricular en las Instituciones y programas educativos de Educación Básica y Técnico Productiva de la UGEL 14.
- Asesorar y apoyar la implantación de recursos educativos y tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje de los estudiantes en las Instituciones Educativas.
- Participar en los programas regionales y nacionales de evaluación y medición de calidad educativa.
Realizar acciones de capacitación, actualización continua del personal directivo, docente y administrativo de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productivo. - Asesorar, monitorear y supervisar el Programa Estratégico logros de aprendizaje en las Instituciones Educativas localizadas por dicho programa.
- Organizar y desarrollar programas en apoyo de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación y el deporte, con la participación de Directores, Docentes Administrativos y la Comunidad en su conjunto.
- Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.
FUNCIONES DEL ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
- Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional y regional, en materia de gestión institucional, en las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito territorial.
- Elaborar el Plan Operativo Institucional de la Unidad de Gestión Educativa y otros instrumentos de gestión institucional que orienten el desarrollo integral de la educación fomentando su calidad y equidad.
- Asesorar y supervisar a las Instituciones y Programas Educativos en la elaboración y aplicación de los instrumentos gestión institucional.
- Elaborar estudios técnicos para autorizar la creación, modificación, traslado clausura, receso y reapertura de las Instituciones y Programas Educativos Públicos y Privados en base a la normatividad vigente.
- Diseñar, organizar, ejecutar y supervisar programas de actualización y capacitación continua, en gestión institucional del personal directivo, profesional y técnico que cumple con las funciones en esta área.
- Evaluar y medir la eficacia de la gestión institucional y participar en las acciones de evaluación y mejoramiento de la gestión de las Instituciones y Programas Educativos.
- Orientar, asesorar a los Consejos Directivos, Consejos de Vigilancia y representantes de los Padres al CONEI y registrarlos en el Padrón de APAFAS de la UGEL Nº 14.
- Asesorar y supervisar a las instituciones educativas en la elaboración y aplicación del Proyecto Educativo Institucional, el Reglamento Interno, la Memoria de Gestión y el Plan Anual de Trabajo.
- Orientar y asesorar la elaboración, ejecución y evaluación de los planes institucionales y los planes de trabajo anual de las Instituciones y Programas Educativos a su cargo.
- Elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la Unidad de Gestión Educativa y realizar sus modificaciones, en los casos que sean unidades ejecutoras, sobre la base de objetivos y metas regionales y locales, con participación de las Instituciones y Programas Educativos.
- Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la demanda de la población escolar y sustentarla ante el órgano regional competente.
- Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos, financieros y de personal utilizados en la presentación de los servicios educativos de lograr mayor equidad en su distribución, así como en acciones de simplificación administrativa.
- Elaborar las estadísticas educativas y construir los indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos sistemas de información.
- Dotar progresivamente de tecnología y cultura digital a las diversas dependencias de la sede institucional; así como a las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito, a fin de mejorar su desempeño institucional.
FUNCIONES DEL ÁREA DE ASESORÍA JURÍDICA
- Asesorar y asumir la defensa legal de la Dirección y a los Jefes de las Áreas conformantes de la UGEL N° 14
- Resolver los Recursos Impugnativos de Reconsideración de Resoluciones Directorales.
- Elevar los expedientes de Apelación a la Instancias Superiores según corresponda.
- Absolver las consultas de carácter jurídico legal que le formulen las dependencias de la Sede de la Dirección, instituciones Educativas y los usuarios en general
- Emitir dictamen legal en los asuntos y expedientes de acuerdo a la naturaleza de los casos
- Emitir Opinión Legal respecto a la suscripción de convenios
- Sistematizar y divulgar la legislación educacional y administrativa
- Realizar las demás funciones afines que le asigne el Órgano de la Dirección
- Coordinar con sus homólogos de los diversos Órganos del Sector Público en las acciones de interés jurídico – administrativo relacionado con la UGEL N° 14
- Coordinar permanentemente con la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación en acciones judiciales en los que la UGEL N° 14, es parte demandada o demandante.
- Realiza otras funciones que le asigne el Director UGEL
FUNCIONES DEL ÁREA GESTIÓN ADMINISTRATIVA
- Proporcionar oportunamente, el recurso económico y bienes y servicios que demande la prestación del servicio de las instituciones educativas a su cargo, en un marco de equidad y transparencia, mediante la ejecución eficaz de los recursos presupuestarios de la Unidad de Gestión Educativa.
- Participar, en las modificaciones presupuéstales necesarias en coordinación con el Área de Gestión Institucional, a fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos.
- Asesorar a las Instituciones y Programas Educativos en la elaboración y ejecución de sus presupuestos.
Elaborar el calendario de compromisos de la Unidad de Gestión Educativa, o tramitar, los requerimientos a las instancias correspondientes en los demás casos, para garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuéstales. - Administrar el personal, los recursos materiales y financieros y bienes patrimoniales de la sede institucional y de las Instituciones y Programas Educativos a su cargo.
- Aplicar los procesos técnicos de los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad y tesorería, en las dependencias administrativas a su cargo, de conformidad a la normatividad emitida para cada sistema administrativo.
- Mantener actualizados la base de datos del registro, escalafónario, el inventario de bienes patrimoniales y el acervo documental, de la sede institucional y de las Instituciones y Programas Educativos a su cargo.
- Mejorar permanentemente los procesos técnicos de la gestión administrativa simplificando su ejecución.
Conciliar, la información contable, administrativa y presupuestal del ejercicio fiscal, en los niveles administrativos y plazos correspondientes.
DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
- Ejercer el control interno previo y posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los lineamientos y cumplimiento de su Plan Anual de Control a que se refiere el Art 7 de la Ley 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la contraloría General de la República así como el control externo a que se refiere el Art 8 de la Ley, por encargo de la Contraloría General.
- Ejercer el Control Preventivo en la Entidad dentro del marco de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloría General con el propósito de contribuir a la mejoría de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior
- Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Auditoria Gubernamental, de conformidad con la política y planes de control de las instancias correspondientes de la Dirección Regional, Sede Central del Ministerio de Educación y de nuestro ente rector la Contraloría General de la República.
- Organizar y ejecutar las acciones de control preventivo u posterior que específicamente le encargue el Titular de la Entidad y los Organismos Superiores de Control.
- Realizar acciones de seguimiento que corresponda, cautelando la ejecución de medidas correctivas y/o sanciones dispuestas por el Titular de la Entidad para mejor la gestión y para la prevención y sanción de actos de corrupción de la gestión publica
- Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la Entidad que disponga la Contraloría General, cuando estas labores de control sean requeridas por el Titular Entidad y tengan el carácter de no programadas, su ejecución se efectuará de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloría General.
- Actuar de Oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
- Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.
- Formula y proponer a la Entidad, el presupuesto anual del O.C.I. para su aprobación correspondiente.
- Cautelar que cualquier modificación del cuadro para asignación de Personal, así como de la parte correspondiente del Reglamento Organizaciones y Funciones relativos al O.C.I se realice de conformidad con las disposiciones de la materia.
- Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia.
- Promover la capacitación permanente del personal que conforma el Órgano de Control Institucional, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra Institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en tremas vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones.
- Cautelar que el personal del Órgano de Control Institucional de cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios públicos de acuerdo a las disposiciones de la materia.
- Remitir los informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloría General como al Titular de la Entidad y del sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.
- Evaluar, analizar, procesar dándole el tramite que corresponde, las Denuncia ingresadas al Órgano de Control formalidades y requisitos establecidos en la Directiva Nº 006–2011-CG/GSND “Sistema Nacional de Atención de Denuncias” SINAD, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 184-2011 CG de fecha 19 de Julio 2011.
- Proponer e implementar mecanismos de prevención y sanción para los actos de corrupción en la gestión administrativa.
- Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades
