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COMUNICADO A LOS POSTULANTES AL ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL EN EDUCACIÓN BÁSICA

Se comunica a los docentes postulantes en el marco el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Publica Magisterial (CPM), regulado mediante la RVM N° 057-2021-MINEDU, que la dirección de la evaluación docente del Ministerio de Educación mediante oficio Múltiple N° 00004-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED emite las siguientes precisiones respecto a la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional del concurso, que a continuación transcribimos para su conocimiento y cumplimiento.
Resolución de reclamos – Etapa Descentralizada – Concurso de Ascenso EB 2021 Evaluación
Docente evaluaciondocente@perueduca.pe
Los Méritos:
El criterio 2.4 precisa que se concederá un puntaje máximo de 2 puntos, si el docente ha elaborado un libro en autoría o coautoría que cumpla con las normas de derecho de autor (resolución de inscripción o el certificado de inscripción registral ante INDECOPI o haber publicado artículos en revistas indexadas) en temas pedagógicos y/o innovación educativa y/o de
gestión educativa o temas educativos Experiencia Profesional:
Al respecto, para valorar la experiencia indicada en los criterios 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 deben considerar la experiencia obtenida en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, Ley 29944, es decir solo actos resolutivos emitidos a partir del 26/11/2012 a la fecha, la cual debe estar registrada en el informe Escalafonario.
Asimismo, sobre el criterio 3.4 «Experiencia en el cargo de director o Subdirector en IE pública de Educación Básica reconocido por acto resolutivo», si un postulante es profesor de aula y realiza funciones de director o le han encargado las funciones de director no es posible considerar puntaje en el criterio 3.4 pues su cargo es de profesor y en adición a su cargo asume funciones
de director, mas no tiene el cargo de Director de IE. Cabe indicar que la experiencia en este criterio puede ser acumulativa en distintos años los cuales pueden ser no consecutivos siempre y cuando dichos años de manera acumulativa ha logrado una experiencia acumulada de un año
calendario.
Por lo expuesto el comité de evaluación de la UGEL 14, realizará una nueva revisión a los documentos de la Trayectoria Profesional de los postulantes.
Oyón, 15 de febrero del 2022.
EL COMITÉ DE EVALUACIÓN

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